LA CONCEPCIÓN DE JON ELSTER ACERCA DE LA TOMA COLECTIVA DE DECISIONES
JON ELSTER'S CONCEPTION OF COLLECTIVE DECISION-MAKING
A CONCEPÇÃO DE JON ELSTER SOBRE A TOMADA DE DECISÕES COLETIVAS
Lic. Carlos María Ezquerra Gimenez
(Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo,
Universidad de la República, Uruguay)[1]
Fecha de recepción: 30 de agosto de 2023
Fecha de aceptación: 26 de octubre de 2023
Creative Commons 4.0
Cómo citar: Ezquerra Gimenez, C. M.(2023). La concepción de Jon Elster acerca de la toma colectiva de decisiones. Revista Pares - Ciencias Sociales, 3(2), 299-317.
ARK CAICYT: http://id.caicyt.gov.ar/ark:/s27188582/rc4oevd42
Resumen
Este artículo se enfoca en la teoría de la racionalidad de Jon Elster, particularmente en su aplicación en contextos democráticos y deliberativos. Se destaca la importancia del diseño institucional para fomentar la racionalidad y la transparencia en la toma colectiva de decisiones, enfatizando la protección de las competencias epistémicas y la prevención de sesgos cognitivos. El objetivo central es presentar la concepción de racionalidad de Elster y su articulación en el diseño institucional, específicamente en el contexto de decisiones políticas, resaltando la importancia de instituciones efectivas para promover la racionalidad y la transparencia en entornos democráticos. Este análisis contribuye a una comprensión más profunda de cómo estas dinámicas influyen en la eficacia de los procesos de deliberación, brindando una perspectiva sobre la relación entre la racionalidad, la toma colectiva de decisiones y el diseño institucional en la esfera política.
Palabras claves: Jon Elster, toma colectiva de decisiones, diseño institucional, racionalidad.
Abstract
This article focuses on Jon Elster's theory of rationality, particularly its application in democratic and deliberative contexts. It highlights the importance of institutional design in promoting rationality and transparency in collective decision-making, emphasizing the protection of epistemic competencies and the prevention of cognitive biases. The central objective is to present Elster's conception of rationality and its articulation in institutional design, specifically in the context of political decisions, focus attention on the importance of effective institutions in promoting rationality and transparency in democratic environments. This analysis contributes to a deeper understanding of how these dynamics influence the effectiveness of deliberative processes, providing insight into the relationship between rationality, collective decision-making, and institutional design in the political sphere.
Keywords: Jon Elster, collective decision-making, institutional design, rationality.
Resumo
Este artigo concentra-se na teoria da racionalidade de Jon Elster, particularmente na sua aplicação em contextos democráticos e deliberativos. Destaca-se a importância do desenho institucional na promoção da racionalidade e transparência na tomada de decisões coletivas, com ênfase na proteção das competências epistêmicas e na prevenção de vieses cognitivos. O objetivo principal é apresentar a concepção de racionalidade de Elster e sua articulação no desenho institucional, especificamente no contexto das decisões políticas, enfatizando a importância das instituições eficazes para promover a racionalidade e transparência em ambientes democráticos. Essa análise contribui para uma compreensão mais profunda de como essas dinâmicas influenciam a eficácia dos processos de deliberação, oferecendo uma perspectiva sobre a relação entre racionalidade, tomada de decisões coletivas e desenho institucional na esfera política.
Palavras-chave: Jon Elster, tomada de decisões coletivas, design institucional, racionalidade.
I. Introducción
El diseño institucional se presenta como un contrapeso necesario para mitigar las distorsiones de los sesgos cognitivos y los intereses egoístas en la toma colectiva de decisiones. Al establecer instituciones que fomenten la racionalidad, la transparencia y la deliberación, se puede contrarrestar la influencia perjudicial de estos elementos y garantizar decisiones más informadas. La presentación adecuada de la información, la publicidad de los procesos de decisión y la prevención de situaciones que desencadenan distintas emociones son estrategias para minimizar estas distorsiones (Elster, 2014). Es a través de un diseño institucional adecuado, especialmente en el contexto de espacios de toma de decisiones públicas y democráticas, que se pueden establecer condiciones propicias para la toma de decisiones basadas en la razón y la evidencia. Este enfoque es fundamental para el funcionamiento efectivo de un país, ya que las instituciones públicas y democráticas ejercen una influencia directa en la configuración de las políticas que afectan a la sociedad en su conjunto.
Elster, a lo largo de su extensa carrera, ha tratado estas cuestiones desde diferentes perspectivas y puntos de atención. Sus investigaciones han abarcado desde el análisis de cómo se establecen las condiciones para el orden social (Elster, 1989a) hasta el examen de disputas en casos de custodia de menores (Elster, 1989b). También, ha abordado cuestiones como la asignación de bienes escasos por parte de instituciones a sus posibles destinatarios (Elster, 1992) y la igualdad de acceso a los trasplantes de órganos en instituciones médicas (Elster y Herpin, 1995). Además, ha analizado el impacto del secretismo y la publicidad en las decisiones y votaciones en comités y asambleas (Elster, 2015). En todos estos casos, el trabajo de Elster se ha centrado en un análisis de la racionalidad y de sus límites y en cómo el diseño institucional puede generar marcos normativos lo suficientemente fuertes cómo para prevenir posibles condiciones que perjudiquen las capacidad de decisión de los sujetos.
El objetivo principal de este artículo es, desde la perspectiva de Elster, articular su concepción de racionalidad y su análisis del diseño institucional en la toma de decisiones políticas. Se busca comprender cómo estas variables impactan en la eficacia de las decisiones colectivas, especialmente en contextos democráticos, y destacar la relevancia de un diseño institucional sólido para promover la racionalidad y la transparencia en la toma de decisiones.
La sección II se centra en la concepción de la racionalidad según Jon Elster, explorando las condiciones que definen la acción racional y sus limitaciones. Además, se aborda la influencia del diseño institucional en la racionalidad colectiva y en la toma de decisiones políticas. Se consideran los desafíos de la democracia deliberativa, destacando la importancia de la imparcialidad y la racionalidad en el proceso de argumentación. En la sección III, se hace foco en el análisis de la toma colectiva de decisiones, particularmente en contextos donde grupos reducidos tienen la responsabilidad de tomar decisiones con amplias repercusiones públicas y posibles implicaciones electorales. En la sección IV, se analiza el papel de las normas sociales y del diseño institucional sobre la interacción compleja entre el comportamiento individual y colectivo. Elster (2014) enfatiza la importancia de un diseño institucional sólido para fomentar la racionalidad y la transparencia en la toma de decisiones, proporcionando garantías y controles indispensables. Finalmente, se concluye con una articulación de lo anteriormente presentado, haciendo mención a que el diseño de buenas instituciones políticas, además, podría requerir una reflexión sobre las propias prácticas éticas de los agentes.
II. Una teoría amplia de la racionalidad colectiva
La concepción de racionalidad de Elster (1988) define su análisis de la toma de decisiones colectivas y es un aspecto crítico en la configuración de los procesos de diseño institucional, particularmente en entornos de toma de decisiones democráticas. Dado que Elster plantea que existe una compleja interacción entre el comportamiento individual y colectivo, se presentan desafíos inherentes a la toma colectiva de decisiones. Su enfoque se adentra en las condiciones que delimitan la acción racional y en los mecanismos y procesos que hay que definir para realizar un diseño institucional adecuado.
Elster (1988) concibe la racionalidad sobre la base de la teoría de Donald Davidson (1980), quien postula que una acción se considera racional cuando está motivada por las creencias y deseos del agente, agrupados bajo el término "razones". Esta perspectiva exige tres condiciones fundamentales: en primer lugar, que las razones sean verdaderas impulsoras de la acción; en segundo lugar, que efectivamente desencadenan la acción correspondiente; y en tercer lugar, que lo hagan de manera consistente, lo que implica que las creencias y deseos del individuo sean coherentes entre sí (Elster, 1988).
Según Elster (1988), tanto las creencias como los deseos no pueden considerarse como razones para la acción si no son consistentes, es decir, que no deben implicar contradicciones lógicas, conceptuales o pragmáticas. En cuanto a las preferencias, estas deben cumplir con criterios de transitividad, lo que significa que se aplican de manera coherente a una secuencia de opciones. Además, las preferencias pueden ser constantes a menos que ocurra algún evento que afecte al agente, en cuyo caso pueden cambiar. Elster (1988) también distingue entre el "hombre racional" y el "hombre económico". El primero opera con preferencias y planes coherentes, mientras que el segundo se caracteriza por tener preferencias no solo consistentes, sino también completas, continuas y egoístas.
En su análisis de los planes y criterios de consistencia, Elster (1988) plantea que una acción puede ser intencional pero no necesariamente racional. Para el autor, la racionalidad global es esencial para atribuir intenciones a una persona, incluso si esas intenciones son irracionales. Un plan racional implica la satisfacción de un estado final previamente definido como una consecuencia lógica, considerando un mundo posible en el cual el plan se lleva a cabo y se realiza de manera coherente. En términos generales, la teoría de la racionalidad individual de Elster (1988) busca establecer que actuar racionalmente implica actuar de manera coherente de acuerdo con creencias y deseos que, además de consistentes, sean racionales.
Desde esta perspectiva, la evaluación de las creencias y deseos se basa en su formación. Una creencia puede ser coherente y verdadera, y un deseo puede ser coherente y moralmente adecuado. Sin embargo, podemos dudar de su racionalidad si han sido moldeados por factores causales irrelevantes, por una especie de influencia psicológica que opera sin consideración consciente. Lo fundamental, según Elster, reside en las cualidades irrelevantes de esta causalidad, no en la causalidad en sí misma. Las creencias y deseos pueden adquirir una historia causal inapropiada, lo que los calificaría como irracionales (Elster, 1988).
Elster (1988) caracteriza las creencias racionales con la noción de juicio, que es la capacidad para procesar información relevante para el problema o la situación que está en juego, de acuerdo a la evidencia disponible que puede generar cierto grado de satisfacción. Lo cual significa que si se deja de lado una noción estricta de racionalidad, se rompe por completo la conexión entre la racionalidad y la optimalidad. La conducta racional puede considerarse optimizante únicamente en relación con las creencias existentes sobre el mundo, pero los principios que guían la adquisición de esas creencias no pueden explicarse en términos de optimización (Elster, 1988).
Respecto a los deseos, Elster destaca la importancia de la autonomía en su formación. Los deseos autónomos son aquellos que se eligen, adquieren o modifican de manera deliberada, ya sea a través de un acto de voluntad o un proceso de planificación del carácter (Elster, 1988). Para Elster, tanto los deseos como las preferencias pueden evaluarse considerando su origen y contenido. Una preferencia no autónoma se ajusta al contexto de lo que se percibe como posible, lo que refleja conformismo, o en su contraparte, anticonformismo. En cuanto a la diferencia entre la falta de autonomía y la falta de valor moral, Elster distingue “la palabra conformidad como término técnico para designar un deseo causado por un impulso a ser como las demás personas, y conformismo para designar un deseo de ser como otras personas, con anticonformidad y anticonformismo definidos de modo similar” (Elster, 1988, p. 39).
La racionalidad de los juicios, según Elster (1988), se puede ver distorsionada por una serie de casos que clasifica en cuatro clases distintas: 1) Formación de preferencia adaptativa, en donde de forma no consciente, el individuo se adapta al contexto en lugar de planificar de forma deliberada; 2) El cambio de preferencia por estructuración, en donde se cambia mínimamente el contexto pero internamente no podemos aceptarlo o estamos dispuestos a cambiar de preferencia. El ejemplo de Elster sobre esta clase es el del cliente que no quiere pagar extra por la radio especial que pidió para su coche nuevo, una vez que ya pagó el precio de lista que figuraba; 3) La racionalización de la esperanza, un deseo específico produce una creencia y hay una confusión entre lo que existe y lo que se cree acerca de cómo el mundo realmente es y 4) E1 error inferencial, que son errores de juicio procedentes de errores cognitivos.
Según Elster (1988), pueden ocurrir casos en los que la racionalidad individual conduzca a resultados colectivos desastrosos, independientemente de si las creencias individuales sean racionales o no. La probabilidad de un desastre colectivo puede variar según la información que los agentes posean sobre las preferencias, la racionalidad y la información de los demás. Es por esta consideración que Elster (1988) va a definir una teoría de la racionalidad colectiva en donde presenta dos conceptos clave. El primero es la noción económica de la racionalidad colectiva, que sugiere que las personas, a través de acciones individualmente racionales, pueden generar un resultado que beneficie a todos o, al menos, no perjudique a nadie. El segundo concepto es la racionalidad colectiva en términos políticos, que implica que las personas que actúan de manera coordinada pueden superar contradicciones y conflictos. El punto para Elster es, a raíz de las preferencias individuales, llegar a un resultado social óptimo, que sería en resumen: 1) Hay un conjunto de agentes ya dado; 2) También hay un conjunto de alternativas ya presentes; 3) Los agentes son independientes y comprometidos con sus preferencias; 4) Las preferencias no se pueden comparar y 5) Son racionales. Teniendo presente estas condiciones es que Elster pretende llegar a satisfacer los siguientes criterios:
6) El ordenamiento debe ser completo y transitivo. (7) Debe ser colectivamente racional, en el sentido de que nunca presente una opción socialmente preferida respecto de otra que es 'preferida" individualmente por todos. (8) El ordenamiento de la preferencia social, en cierto sentido, deberá respetar las preferencias individuales. […] (9) La elección social entre dos opciones dadas no debe depender solamente de cómo o qué rango de los individuos a cada una de estas dos opciones, y, por lo tanto, no debe ser sensible a los cambios en la medida en que asignan rango a otras opciones. (Elster, 1988, p. 50)
Es fundamental destacar, tal como indicó Elster (1988), que las preferencias nunca pueden considerarse como un hecho concreto, sino que deben ser expresadas por los individuos. En este contexto, es importante resaltar que “la expresión de las preferencias es una acción que presumiblemente está guiada por estas mismas preferencias. Por lo tanto, no es en absoluto evidente que la acción individualmente racional deba expresar estas preferencias como tales” (Elster, 1988, p. 51). En la teoría de la elección social, según la perspectiva de Elster, no se aborda la cuestión de la racionalidad de los agentes ni la moralidad de sus preferencias. Para Elster, la única manera de dejar de considerar preferencias es mediante su censura, un enfoque que él considera objetable. No obstante, para Elster, lo crucial no radica tanto en la posibilidad de filtrar o censurar preferencias, sino más bien en:
[…] la idea de que la cuestión central para la política deba ser la transformación de las preferencias más que su agregación. De acuerdo con esta concepción, el núcleo del proceso político es el análisis público y racional acerca del bien común, y no el acto aislado de votar con preferencias privadas. La meta de la política debe ser llegar a conseguir el consenso unánime y racional y no un compromiso óptimo entre intereses irreductiblemente opuestos entre sí. (1988, pp. 55-56)
El primer punto que se deriva de esta reflexión es que, por razones pragmáticas, la discusión pública, en la cual se debate o defiende una idea o argumento, no puede llevarse a cabo en función de intereses personales. En cambio, debe realizarse en aras del bien común, aunque este propósito pueda parecer superficial en un primer momento y, posteriormente, conciliarse o no con las consideraciones individuales del grupo o del agente. En otras palabras, el bien público se convierte en el elemento central de una preferencia expresada en este contexto.
Elster (1988) sostiene que, a pesar de lo mencionado previamente, la noción de bien común, para no ser considerada simplemente como “una segunda opción disponible”, debe estar sujeta a regulación y orientación proporcionadas por el diseño institucional. Este diseño institucional tiene la función de asegurar que no surjan desviaciones ni discrepancias sustanciales entre los objetivos planteados y los resultados pretendidos.
No obstante, existen diversos contextos que pueden afectar negativamente las opciones disponibles para la elección. Además, el proceso deliberativo de la discusión y su imparcialidad en la ejecución pueden verse facilitados o dificultados por factores relacionados con el tamaño del grupo, el nivel de publicidad, la influencia de fuerzas externas y los intereses en juego (Elster, 2001). Son precisamente a través de los filtros proporcionados por el diseño institucional que los agentes se ven influenciados tanto en la formación de sus creencias como en la expresión de sus juicios y preferencias. No obstante, Elster (2007) también plantea la existencia de límites institucionales que se presentan de manera paradójica:
En efecto, nos enfrentamos, en un plano político, a un dilema perenne del comportamiento humano. ¿Cómo es posible asegurar al mismo tiempo que estamos obligados por reglas que nos protegen del comportamiento irracional o no ético —y que tales reglas no nos encierran en una prisión de la que no es posible escapar aun en el caso de ser racional hacerlo? (p. 117)
Una manera efectiva de comprender la visión de Elster (2007) sobre la política es considerarla como una actividad que es simultáneamente pública e instrumental. Dada la urgencia de tomar decisiones en el ámbito político, es imperativo que estas decisiones se tomen en función de objetivos concretos, al tiempo que se mantiene un carácter público que trascienda los intereses privados. En este contexto, es fundamental recordar que, según Elster (2007), “la argumentación constituye el núcleo central del proceso político” (p. 123). En cuanto al carácter instrumental de la política, se sostiene que “dado que la satisfacción autotélica solo puede lograrse como un subproducto, siempre que se persigan otros objetivos” (Noguera, 2007, p. 5), la política no puede considerarse como un fin en sí misma. En cambio, la satisfacción autotélica es un resultado secundario de la búsqueda de objetivos específicos.
Elster (1988) llama subproductos a ciertos estados mentales y sociales que son el producto de acciones que tienen otro fin que el resultado de esos estados. Por lo tanto, no pueden ser resultado de una acción intencional, ya que precisamente se producen exclusivamente cuando se actúa con una intención distinta a la de producir su resultado. Esta situación, según Elster, se puede producir, por ejemplo, con un gobierno que pretende lograr un objetivo que solo se puede lograr como resultado de una acción no intencional, esto es, como subproducto.
De todas formas, cualquiera sea la combinación de los distintos procedimientos, la democracia deliberativa promueve la imparcialidad al exigir que los participantes respalden sus propuestas en función del interés público. Aunque no asegura una imparcialidad absoluta, esta perspectiva sería plenamente justificada si pudiéramos encontrar un procedimiento que garantizara una imparcialidad total (Martí Marmol, 2001). Sin embargo, la democracia deliberativa no proporciona esta garantía, sino que más bien la fomenta (Martí Marmol, 2001). En términos generales, la argumentación deliberativa debe cumplir, como mínimo, con los estándares de imparcialidad y racionalidad. Como resultado, las decisiones derivadas de este enfoque suelen ser más imparciales en comparación con las decisiones generadas mediante métodos simples de votación o negociación. (Martí Marmol, 2001).
El concepto de democracia deliberativa está formado, según Elster (2001), por “la toma colectiva de decisiones con la participación de todos los que han de ser afectados por la decisión o por sus representantes: esta es la parte democrática” (p. 21). A su vez, la parte deliberativa incluye el compromiso de los participantes con la racionalidad y la imparcialidad. Para Elster, estos procesos democráticos y deliberativos tienen su anclaje en el debate y en la argumentación, ya que “desde el punto de vista lógico la discusión es previa a todos los otros métodos de toma colectiva de decisiones” (Elster, 2001, p. 23). Esto implica que hay que discutir sobre la discusión, debatir sobre qué modos se van a utilizar para tomar una decisión colectiva, acerca de los méritos de cada modo, etc. No obstante, Elster sostiene que “este argumento, sin embargo, no demuestra que la discusión que tiene lugar en la etapa constitucional deba emplearse en la etapa posconstitucional, en lugar de la negociación o la votación” (2001, p. 23). Además, Elster también señala que la discusión siempre se encuentra acompañada de otros procedimientos, como la votación o la negociación. Esto refleja una constante heterogeneidad interna en el proceso de toma colectiva de decisiones. A pesar de que, según Elster, las democracias actuales pueden variar en su nivel de deliberación, todas mantienen su carácter representativo.
III. Mecanismos de decisión y las constituciones como restricciones
En esta sección, se examina el análisis de Elster (2010) sobre la toma colectiva de decisiones en procesos políticos. El autor plantea tres tipos de mecanismos: discusión, negociación y votación, y explora cómo estos se combinan en situaciones prácticas. Además, se abordan cuestiones relacionadas con las restricciones constitucionales y las presiones electorales que influyen en el proceso de toma de decisiones políticas. Asimismo, se considera la noción de precompromiso constitucional y su aplicabilidad en constituciones escritas y no escritas, lo que conlleva a una evaluación crítica de su efectividad en la configuración de marcos de acción y futuras políticas.
El trabajo de Elster (2010) se centra en el análisis de la toma colectiva de decisiones. En la mayoría de los ejemplos que presenta, este proceso involucra a un grupo de individuos de tamaño reducido que se encuentra encargado de tomar decisiones que tienen un impacto significativo en un grupo más amplio de personas. Muchas de estas decisiones también pueden tener repercusiones en el ámbito electoral para los individuos que participan en la toma de decisiones, dado que estas decisiones suelen ser de carácter público. Por lo tanto, durante el proceso de toma de decisiones, es posible que se experimente una presión o coacción derivada de estas consideraciones electorales.
Como se mencionó anteriormente, Elster (2010) analiza tres tipos de mecanismos para decidir qué son: discusión, negociación y votación. Teniendo presente los límites temporales y condiciones institucionales extra, pocas veces estos procesos se producen de forma pura, por lo general, es común observar una combinación de los distintos mecanismos:
La toma de decisiones políticas, sea por parte de una comisión, una asamblea o la población en general, a menudo abarca los tres procedimientos. Una vez más, este hecho se deduce de la necesidad de llegar a una decisión lo antes posible. La votación suele plantearse cuando un problema debe decidirse en forma urgente, razón por la cual los participantes no tienen tiempo de deliberar hasta llegar a una decisión unánime. (Elster, 2010, p. 437)
Elster (2010) considera los tres mecanismos como una secuencia idealizada, en donde cada paso surge del anterior. Para tomar una decisión a través de la discusión hay que hacerlo de forma unánime, como rara vez ocurre esto, según Elster, es que se llega a esta situación. Entonces, se hace necesario votar y la votación que se da sobre muchos temas da paso a la negociación, a través del intercambio de favores. Para Elster (2010) la discusión es “el esfuerzo por persuadir mediante razones” (p. 438).
El tipo de debates a los que se refiere Elster con consecuencias futuras sobre los individuos que deben decidir, hace que la explicitación del interés propio sea considerada de forma negativa. Por lo tanto, el interés común o general, es el que prima como argumento para defender una posible opción, aunque como afirma Elster (2010), “si los oradores están motivados por un deseo sincero de promover el bien público, la argumentación y el debate pueden modificar sus creencias de un modo que induce un cambio en las preferencias de cursos de acción” (p. 440). Ya que difícilmente la discusión produce unanimidad es que se debe pasar a un sistema de votación. Elster considerando predominantemente el voto por mayoría, reconoce la gran variedad de sistemas que existen:
En la votación popular, las dimensiones de la variación incluyen el derecho al sufragio, el modo de votar (secreto contra abierto), la mayoría necesaria para alcanzar una decisión y, en algunos sistemas de referéndum, el quórum. En las votaciones en asambleas, las principales dimensiones son el quórum, la magnitud de la mayoría y la elección entre la votación por lista o a mano alzada (y procedimientos similares, como el voto “por aclamación” o “parados contra sentados”). (2010, p. 443)
El proceso de negociación, según Elster (2010, p. 453), se define como “un acuerdo basado en amenazas y promesas creíbles”. En este contexto, los agentes tienen la facultad de emplear tanto amenazas como promesas, siempre y cuando estas mantengan un grado sustancial de credibilidad. Dicha credibilidad se encuentra influenciada por una serie de factores, tanto subjetivos como objetivos. Entre estos factores se incluyen la duración en la que se mantienen las promesas o amenazas, la percepción mutua de los beneficios o daños potenciales y la evaluación de la viabilidad de la promesa o amenaza en función del contexto particular en el que se encuentre el agente negociador. Elster (2010) cree que cada mecanismo “crea un incentivo para distorsionar algún aspecto de nuestras preferencias” (p. 457). Entonces, las preferencias expresadas en la toma de decisión colectiva, las entiende como “una función tanto de las preferencias reales de cursos de acción como del mecanismo que agrega aquellas” (Elster, 2010, p. 457).
Elster (2002) distingue entre las constituciones como restricciones esenciales y accidentales de la conducta. Las primeras fueron diseñadas para tener consecuencias restrictivas tanto en los individuos presentes como futuros que se rigen bajo esa constitución. En el segundo caso, son efectos colaterales que se dan como resultado del propio diseño constitucional. El autor plantea el caso contemporáneo de Australia y Bélgica en donde el voto es obligatorio y puede ser entendido como “mecanismos de autorrestricción para salvar el problema de acción colectiva que implica votar, los mecanismos de obligación selectiva sirven más para controlar a los demás que a uno mismo” (p. 117).
Además, Elster argumenta que no es apropiado considerar a las constituciones como actos de autorrestricción en la misma línea que la historia del personaje de Ulises, quien se ató para evitar tentaciones. En lugar de establecer una imposibilidad absoluta, las constituciones imponen un mayor nivel de dificultad para su modificación. Así, la comparación con Ulises en el contexto individual no resulta completamente precisa. Según Elster, los esfuerzos por imponer restricciones significativas a la sociedad podrían tener el efecto contrario, ya que los ciudadanos podrían reaccionar en contra de la idea de estar limitados (Elster, 2002). A pesar de estas consideraciones, Elster no descarta por completo la relevancia de esta comparación, lo que merece un análisis más profundo:
Crear una constitución que ate o restrinja a las generaciones futuras puede también –en un sentido amplio– a saber, si se espera que los agentes políticos del futuro tengan las mismas razones para desear estar restringidos que albergaba la generación fundacional. Y, aunque estos actos no constituyen una restricción en un sentido absoluto, debemos recordar que tampoco es necesario que el precompromiso individual sea absoluto. (Elster, 2002, p. 119)
Elster (2002) también realiza una distinción entre constituciones escritas y no escritas. Según el autor, las constituciones escritas son aquellas que regulan los aspectos más cruciales de la vida política, proporcionando un marco de acción política que abarca desde los derechos de los ciudadanos hasta la organización del Estado y su propia capacidad de modificación. El autor identifica dos áreas clave donde se manifiesta el concepto de precompromiso. Primero, se observa en la exigencia de mayorías especiales para ciertas disposiciones o cambios legislativos, y segundo, en la idea de la separación de poderes. Aunque la viabilidad de estos precompromisos puede ser deseable en teoría, Elster plantea que en la práctica pueden no ser efectivos o incluso factibles:
En relación con la primera posibilidad, es relevante la distinción entre restricciones esenciales y restricciones accidentales. Hay casos en los que una forma de gobierno podría beneficiarse de la existencia de restricciones, pero no es probable que se imponga estas restricciones a sí mismo. Puede que la autorrestricción normativamente deseable, de hecho, no tenga lugar, a menos que las restricciones sean impuestas desde fuera o por un subsector del Estado. (Elster, 2002, p. 176)
Elster (2002) aborda la falta de viabilidad de estos precompromisos, que puede ser causada por diversas razones. Por un lado, señala que esta falta de viabilidad puede surgir debido a la persistencia de pasiones duraderas, como animosidades nacionales, étnicas y religiosas y otras actitudes emocionales profundamente enraizadas en la población en su conjunto (Elster, 2002). Por otro lado, también plantea que esta falta de viabilidad puede no ser deseable en algunos casos. Por ejemplo, menciona que “una autorrestricción constitucional muy rigurosa puede ser incompatible con el amplio margen de acción necesario en un momento de crisis»”(Elster, 2002, p. 181). Esta incompatibilidad puede surgir cuando una autorrestricción constitucional demasiado estricta limita la flexibilidad necesaria para abordar situaciones de crisis de manera efectiva.
En un ejercicio de autocrítica, Elster (2002) destaca la singularidad de las afirmaciones que formuló en su obra anterior, Ulysses and the Sirens (1979). En su revisión crítica actual, cuestiona la concepción previa respecto a las constituciones, ya que considera ahora discutible la idea de que las constituciones sean “mecanismos de precompromiso (en el sentido intencional), como que las sociedades deben restringirse a sí mismas mediante mecanismos de precompromiso constitucional” (Elster, 2002, p. 186). Ya que la sociedad no es simplemente una acumulación de individuos:
[…] muchos actos individuales de precompromiso son acometidos porque el individuo está, en algún sentido, dividido, de modo que una parte del yo quiere protegerse de la otra. Aunque el individuo no sea unitario, hay una parte que se ocupa de -y que está comprometida con- la planificación a largo plazo para restringir las tendencias miopes o impulsivas a la acción de las demás partes. Muy distinta es la razón por la que las sociedades no son unitarias. Están hechas de muchos individuos, ninguno de los cuales —o ningún grupo de los cuales— es «el responsable». (Elster, 2002, p. 186)
La constitución como precompromiso es un tema que hace vacilar bastante a Elster en su obra Ulises desatado (2002). En esta discusión, se evidencia una tensión constante entre las ventajas institucionales que una constitución puede aportar y los problemas institucionales inherentes a la misma. El subtítulo “¿Prevención del suicidio o pacto suicida?” refleja cómo la posición de Elster (2002) fluctúa entre el apoyo y la crítica, dependiendo del contexto histórico o el análisis contemporáneo que esté examinando. Esto sugiere que la idea de un precompromiso colectivo en el ámbito social puede funcionar de manera limitada o como un ideal regulativo, especialmente considerando la diversidad de ejemplos dispares y las paradojas que pueden surgir cuando se altera el equilibrio en la organización fundamental de un Estado. Elster plantea un dilema al afirmar que “si los constituyentes intentan evitar que la constitución se convierta en un pacto suicida, es posible que esta pierda su eficacia como mecanismo para prevenir el suicidio” (Elster, 2002, p. 192). Este enfoque crítico ilustra la complejidad de la noción de precompromiso constitucional y su impacto potencial en la estabilidad de un Estado.
IV. Normas sociales y Diseño institucional
El análisis de Elster (2013) destaca la importancia del diseño institucional en la toma de decisiones colectivas con el objetivo de mitigar distorsiones y prevenir el oportunismo. Elster aboga por la transparencia y la publicidad en los procesos de decisión, la presentación adecuada de la información y la consideración de las normas sociales y sus efectos en las emociones y el interés propio. En esta sección, se va a presentar la concepción de Elster (2009) sobre las normas sociales y luego cómo se articula y qué consideraciones hay que tener a la hora de definir un diseño institucional apto para garantizar unas condiciones óptimas en el ejercicio de toma de decisiones.
Según Elster (2009), las normas sociales se aplican a través de los miembros de una comunidad y se distinguen de las normas legales, las cuales son aplicadas por especialistas. Elster ilustra esto con ejemplos de lo que considera normas sociales, como las normas relacionadas con el consumo que regulan tanto las normas de etiqueta como los comportamientos cotidianos, así como las que rigen el uso del dinero, algunas de las cuales pueden tener un carácter informal, como “la norma de no comprar el primer lugar en la fila de la parada del autobús” (Elster, 2009, pp. 115-116). Además, menciona otras normas relacionadas con las costumbres y la reciprocidad, entre otras. Elster sostiene que las personas que se guían por normas sociales pueden actuar de manera irracional. Después de analizar varios ejemplos, llega a la conclusión de que en muchas ocasiones, seguir una costumbre, el honor o el interés puede colocar a la persona en una posición desventajosa. Por esta razón, llega a la siguiente conclusión:
Quienes siguen una norma social la respetan aunque no exista ningún interés personal en ello. En una situación dada, el cumplimiento de la norma puede ser útil, pero eso no significa que siempre sea útil cumplirla. Es más, no hay ninguna presunción de que su utilidad ocasional pueda explicar su existencia. (Elster, 2009, p. 124)
Elster establece una relación entre las emociones y las normas sociales, argumentando que “las normas sociales regulan la expresión de las emociones y, en ocasiones, las propias emociones. Por lo tanto, las respuestas emocionales a estados emocionales están frecuentemente influenciadas por las normas sociales” (Elster, 2009, p. 124). Según el autor, la anticipación de emociones como el enojo y la vergüenza, por ejemplo, es lo que lleva al cumplimiento de ciertas normas sociales. A su vez, Elster sostiene que las normas sociales ejercen un poder regulador sobre las emociones, tanto en términos de las expectativas sobre las emociones apropiadas en determinadas situaciones como en la manera en que se permite o se espera que se expresen ciertas emociones. Elster también distingue entre las emociones en sí y las disposiciones emocionales, indicando que estas últimas pueden ser controladas en cierta medida en función de la propia personalidad. Sin embargo, lo que encuentra más aceptable ante el intento de controlar las emociones es “realizar una suerte de expiación, generando una sensación de pseudo-culpa o pseudo-felicidad, es decir, manipular los sentimientos apropiados de acuerdo con la hipocresía íntima que nos permitimos de vez en cuando” (Elster, 2009, p. 128).
El análisis de Jon Elster sobre las normas sociales y el diseño institucional proporciona una comprensión de cómo las interacciones individuales y colectivas se entrelazan en la conformación de la toma de decisiones y el comportamiento humano. Como ya se señaló, Elster afirma que la adherencia ciega a las normas sociales puede llevar a resultados irrazonables en situaciones específicas. Es en este punto donde el diseño institucional entra en juego como un mecanismo para mitigar las distorsiones emocionales y los intereses egoístas en la toma de decisiones colectivas. Elster aboga por la importancia de diseñar instituciones que fomenten la racionalidad y la transparencia, al mismo tiempo que minimizan las oportunidades para el oportunismo y las pasiones desmedidas.
El individualismo metodológico parte de la premisa que las explicaciones se deben basar en el comportamiento individual, en el caso de Elster (2010):
Para explicar el comportamiento individual, tenemos que apoyarnos sobre todo en lo que llamo mecanismos. A grandes rasgos, los mecanismos son patrones causales de aparición frecuente y fáciles de reconocer que se ponen en funcionamiento en condiciones generalmente desconocidas o con consecuencias indeterminadas. Nos permiten explicar, pero no predecir. (p. 52)
Partiendo de este individualismo metodológico, Elster considera que la toma colectiva de decisiones se da en la interacción organizada horizontal entre individuos, en el sentido en el que estos se comunican y se observan, sin el uso de la fuerza o de la amenaza. Según Elster (2014), es mejor diseñar instituciones en donde las situaciones de oportunismo no tengan lugar, que buscar políticos que no sean oportunistas.
Teniendo presente esta apuesta por el diseño institucional como núcleo central para la toma de decisiones colectivas es que va a definir los aspectos normativos referentes a dicha tarea. Para esto es necesario identificar los factores causales que pueden tener una influencia distorsionante en las decisiones alcanzadas bajo cualquier procedimiento y discutir cómo se podría reducir su impacto. Además de pensar al diseño institucional como responsable de mantener ciertas competencias epistémicas en un estado óptimo para poder juzgar racionalmente en cada caso.
Comenzando con el último punto, en lo que refiere a las competencias epistémicas que un buen diseño institucional podría garantizar, Elster (2014) plantea que es importante prestarle atención a la forma en cómo es presentada la información (oral, escrita, visual, etc.) y no solo al contenido. Además, considera importante que esta forma de presentación no distraiga de su contenido proposicional.
El autor toma por caso de presentación de la información el ejemplo de los jurados en un juicio oral. En estos casos, a veces ciertas imágenes son excluidas de la vista de los integrantes del jurado para que no tengan un impacto desproporcionado en su juicio, ya que la formación de creencias racionales requiere un procesamiento de la información. Esto es, según Elster (2014), una manera inteligente de manejar la información y extraer inferencias adecuadas, sin ningún tipo de interés, pasión, prejuicio o parcialidad. Elster (2014) diferencia entre prejuicios, que considera rasgos permanentes como el racismo o el machismo, y las pasiones, que son reacciones episódicas desencadenadas por situaciones específicas, incluyendo, por ejemplo, las emociones intensas.
Para Elster (2014) los sesgos (bias) son mecanismos cognitivos que moldean de manera inadecuada y distorsionada a las creencias, se pueden manifestar en los individuos y, además, ser un producto de la interacción social. Es precisamente la forma de presentar la información, una de los modos de minimizar los sesgos cognitivos. Al presentar la información de manera adecuada, adaptada a las particularidades del proceso en cuestión, se busca garantizar que los individuos responsables de tomar decisiones colectivas no vean su juicio distorsionado por consideraciones puramente formales. En lugar de ello, se busca preservar la toma de decisiones basada en el uso de la razón, la cual Elster (2014) define de manera negativa como la ausencia de factores que distorsionen la formación de creencias y juicios, excluyendo así la influencia de las pasiones o el interés personal.
Otro aspecto relevante en el contexto del diseño institucional es la consideración del interés propio. Para evitar que los individuos actúen pensando en sus intereses privados es que Elster (2014) recomienda la publicidad de los procesos de decisión. Por ejemplo, el caso de un congresista que decide no votar un aumento de sueldo a los miembros de su propia cámara, pensando en una posible desaprobación a largo plazo de sus futuros votantes. En una situación donde el voto es público, el interés a largo plazo primaría sobre el interés a corto plazo. Elster afirma que podría considerarse más atractiva la idea de que se favorezca la participación de actores competentes para tomar decisiones que la propia publicidad de los procesos para que individuos comunes tomen decisiones competentes. Estos actores aunque sean evaluados por sus competencias, no garantizan que sean más desinteresados que los demás. En este punto como en varios ejemplos más, para Elster (2014) la importancia de la calidad de los procesos de este tipo debe recaer en una cuestión siempre de diseño institucional. El diseño institucional es lo que debería garantizar el uso sin distorsión de la razón a la hora de realizar juicios y prevenir de que la actuación individual no tenga un interés privado.
Para Elster (2014) hay situaciones en donde el interés privado coincide con el público y es aceptable tomar una decisión que beneficie al propio individuo, como el ejemplo de un padre que vota a favor de impuestos altos para que su hijo pueda ir a una escuela de alta calidad. Elster afirma que no sabe cómo caracterizar las situaciones en que se dan estos casos pero que funcionan como un conjunto no-vacío, que hay que tener presente en cierta forma para su eventual consideración.
Reducir o eliminar las pasiones en las decisiones colectivas es algo que también depende del diseño institucional. Para Elster (2014), esto es posible previniendo las situaciones que desencadenan las pasiones (debates a puertas cerradas, voto secreto, jurados anónimos, intermediarios neutrales). Además, existe una cuestión temporal, que es la de no tomar decisiones hasta que los individuos estén calmados. Esto podría manifestarse a través del retraso de las votaciones o la realización diferida de actos que involucren una decisión colectiva, esperando el momento propicio de serenidad.
En lo que respecta a las pasiones, Elster (2014) realiza un apunte. Primero, al señalar que las pasiones pueden mejorar las decisiones colectivas, a través del entusiasmo y la vitalidad por discutir, mientras que no se produzca un exceso distorsionante. Y segundo, por el rol causal de la jerarquía normativa de las motivaciones en la generación de buenas decisiones colectivas. Esto quiere decir que se le otorga aprobación y desaprobación, no solo a las acciones, sino a las motivaciones, que tienen determinado valor socialmente aceptado, algunas más que otras. Entonces, hay una motivación para actuar de acuerdo con motivos que tengan una buena calificación social y no generan emociones negativas. Elster (2014) tiene presente que esto, en cierta forma, depende de un contexto de valores socioculturales, en donde los “países de Occidente” pueden tener una escala distinta de las de los “países de Oriente”.
Es precisamente en este punto que Elster señala el argumento del bien público. Un motivo ubicado en un lugar alto de la jerarquía social podría ser fácilmente considerado para su aprobación, aunque de forma hipócrita también se podría apelar al bien público pero teniendo presente el interés privado. Elster aclara que no se podría abandonar este argumento del bien público en otra oportunidad que vaya contra el interés propio, porque ahí saldría a la luz el carácter oportunista. Si bien Elster afirma que la hipocresía tiene un carácter civilizatorio, ya que homogeniza relativamente las posiciones en un grado considerable, disminuye también el valor positivo que le había asignado en trabajos anteriores. Entonces, de lo único en que se puede confiar es en un buen diseño institucional que a pesar de sus limitaciones en discernir en lo que respecta a los verdaderos intereses de los individuos, genere instancias de garantías y de control.
V. Conclusiones
El análisis de Jon Elster resalta la importancia del diseño institucional en todos los aspectos cruciales para asegurar un funcionamiento óptimo. Desde el procesamiento de información hasta la expresión de preferencias, todo está intrínsecamente ligado a un contexto de diseño institucional planificado con el propósito de prevenir cualquier "punto ciego" o "descuido" que pudiera dar lugar a distorsiones o desajustes en la vida institucional.
En este contexto, es relevante señalar que Elster parece favorecer un enfoque en el que es indiferente la responsabilidad exclusiva de los agentes respecto a los límites de sus acciones. Su planteamiento se centra principalmente en la necesidad de establecer mecanismos institucionales que ejerzan un control efectivo. La condición última para estas garantías si bien puede definirse por el ejercicio de un diseño institucional óptimo podría complementarse con una reflexión sobre la responsabilidad individual y colectiva en procesos de deliberación públicos. Sobre todo, teniendo presente las dudas que plantea Elster (2002) respecto a la eficacia de los mecanismos de precompromiso. Los momentos de transición y las crisis de los modelos institucionales pueden requerir de prácticas éticas que no estén supeditadas a una lógica institucional cristalizada de antemano pero que sean producto de una reflexión sobre la cuestión de cómo queremos diseñar instituciones que permitan una discusión de consensos democráticos y promuevan el bien común.
El reconocimiento de las limitaciones de la racionalidad individual requiere la creación de contextos de colaboración, organización y participación a través de prácticas sociales que, eventualmente, pueden converger en nuevos modelos institucionales pero que van a gestarse por fuera de esos modelos. Por lo tanto, la reflexión sobre prácticas éticas pre-institucionales podría ser parte de los propios desarrollos del diseño institucional, especialmente en contextos de alta polarización y fuertes presiones sociales.
Referencias bibliográficas
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[1] Licenciado en Filosofía y Licenciado en Comunicación por la Universidad de la República (UDELAR). Ha trabajado en la Facultad de Información y Comunicación de la Universidad de la misma institución y, en la actualidad, se encuentra colaborando en la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la misma universidad. En el puesto actual, forma parte del cuerpo docente responsable de impartir los cursos de Comunicación I, II, III y IV de la Licenciatura en Comunicación Visual en el marco del Instituto de Estudios Territoriales y Urbanos, específicamente en el Departamento de Información Geográfica y Comunicación.
ORCID: https://orcid.org/0009-0002-8142-5854
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