LOS SITIOS DE LA MEMORIA EN
ARGENTINA.
UN APORTE DESDE LA PERSPECTIVA
ESPACIAL
THE SITES OF MEMORY IN ARGENTINA.
A CONTRIBUTION FROM THE SPATIAL
PERSPECTIVE
OS
LUGARES DE MEMÓRIA NA ARGENTINA.
UMA
CONTRIBUIÇÃO DA PERSPECTIVA ESPACIAL
Abg.
Lucía Soledad Escalante
(Universidad
Nacional de Mar del Plata, Argentina)[1]
Fecha de recepción: 28 de septiembre de 2022
Fecha de aceptación: 19 de diciembre de 2022
Creative Commons 4.0
Cómo
citar:
Escalante, L. S. (2023). Los sitios de la memoria en Argentina. Un aporte desde
la perspectiva espacial. Revista Pares -
Ciencias Sociales, 3(1), 9-27.
ARK CAICYT: http://id.caicyt.gov.ar/ark://3tbnt8wg6
Resumen
El
proceso de recuperación de los Sitios de Memoria en las diferentes ciudades, se
enmarca en un proceso más amplio de producción del espacio urbano en términos
de Henri Lefebvre. Es por ello que se analizará el rol de las memorias en las
ciudades, cómo se manifiestan en el espacio, con qué dificultades se encuentran
y qué contradicciones presentan, partiendo del concepto lefebvriano de
producción del espacio. Por otra parte, se indagará y reflexionará brevemente
en el proceso de recuperación de los ex Centros Clandestinos de Detención (ex
CCD) en Argentina. Se analizará la normativa nacional que institucionalizó como
política pública las acciones que deben realizarse respecto de los ex CCD y
otros lugares donde sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión
ilegal y cómo impacta en las ciudades. De esta manera, se logra demostrar desde
una perspectiva analítica y a través de revisión bibliográfica, cómo la memoria
se inserta en el espacio concebido, percibido y vivido de las ciudades a través
de los Sitios de Memoria en Argentina.
Palabras clave: memoria colectiva; ciudad; espacio
urbano
Abstract
The process of recovery of the Sites of Memory in the
different cities is framed in a broader process of production of the space of
the cities in terms of Henri Lefebvre. For this reason, the role of memories in
cities will be analyzed, as
to how they manifest in space, what difficulties they encounter, and what
contradictions they present. All of that is based on the Lefebvrian concept of
space production. On the other hand, the article proposes to investigate and
reflect briefly on the recovery process of ex-clandestine detention centers
(ex-CCD) in Argentina. The national regulations that are institutionalized as
public policy are the actions that must be carried out concerning ex-CCDs and
other places where emblematic events of the actions of illegal repression took
place and how it impacts the production of space in the cities. In this way, it
can be demonstrated from an analytical perspective and through a bibliographic
review, how memory is inserted into the space conceived, perceived and
lived through the Sites of Memory in Argentina.
Keywords: collective
memory; city; urban space
Resumo
O
processo de recuperação dos Sítios de Memória nas diferentes cidades faz parte
de um processo mais amplo de produção do espaço urbano nos termos de Henri
Lefebvre. Por isso será analisado o papel das memórias nas cidades, como elas
se manifestam no espaço, quais as dificuldades que encontram e quais as
contradições que apresentam, partindo do conceito lefebvriano de produção do
espaço. Por outro lado, este trabalho investigará e refletirá brevemente sobre
o processo de recuperação dos antigos Centros de Detenção Clandestina (antigo
CCD) na Argentina. Também analisará as regulamentações nacionais que
institucionalizaram como política pública as ações que devem ser realizadas com
relação ao antigo CCD e outros locais onde ocorreram eventos emblemáticos da
repressão ilegal e como isso impacta nas cidades. Dessa forma, será possível
demonstrar desde uma perspectiva analítica e por meio de uma revisão
bibliográfica, como a memória se insere no espaço concebido, percebido e vivido
das cidades através dos Lugares de Memória na Argentina.
Palavras-chave: memória coletiva; cidade; espaço
urbano
Introducción
Se parte de la idea de que las sociedades realizan una
“invención permanente de sus propias representaciones globales, ideas-imágenes
a través de las cuales se dan una identidad, perciben sus divisiones, legitiman
su poder o elaboran modelos formadores para sus ciudadanos” (Baczco, 1999
[1984]: 8). A estas representaciones colectivas, ideas-imágenes de la sociedad,
se les denomina imaginarios sociales.
El autor destaca la importancia de los imaginarios sociales
en la ciudad y, por ende, la elaboración de memorias[2] en los
entornos urbanos, pudiendo leerse en las marcas que estampan en la superficie
urbana las valoraciones e interpretaciones colectivas de las memorias. En esa
línea, afirma que “toda ciudad es una
proyección de los imaginarios sociales sobre el espacio que tiene un lugar
privilegiado al poder explotar la carga simbólica de las formas” (Baczco, 1999
[1984]: 31).
En los contextos de justicia transicional[3] la
inscripción del recuerdo en el paisaje urbano como parte de diversas acciones
sociales y políticas públicas llevadas adelante por el propio Estado, es una de
las formas para dar cumplimiento al deber de garantizar la recuperación de la
memoria impuesto por diferentes instrumentos y la jurisprudencia internacional.
El proceso que atraviesan las distintas ciudades de nuestro
país comparte lo que sucede en otras ciudades latinoamericanas marcadas por
experiencias traumáticas, en tanto “mantiene aún cierta cualidad urgente de
denuncia y advertencia y se propone incidir sobre las respectivas democracias
en un gesto que surge del pasado, pero se orienta al presente y al futuro”
(Shindel, 2009: 67).
En Argentina, las memorias de las violaciones a los derechos
humanos acontecidas en el pasado durante la última dictadura militar se han
institucionalizado respecto de ciertos lugares de memoria: los ex centros
clandestinos de detención (ex CCD). Estos son sitios testimoniales o
auténticos, es decir en estos lugares se llevaron a cabo los hechos del
accionar represivo y las violaciones a los derechos humanos (Schindel, 2009;
Messina, 2020).
Desde mediados de la década del noventa, actores ligados al
movimiento de Derechos Humanos se movilizaron en torno a diferentes ex CCD
tanto para preservar su materialidad para los futuros procesos judiciales, como
por ser espacios de transmisión de la memoria del pasado dictatorial (Alonso et al., 2020). A partir del año 2000
estas iniciativas se multiplicaron y culminaron con la política pública
delineada por la Ley Nacional n.o 26.691.
La institucionalización de esta política pública estuvo
enmarcada en las demandas de diferentes actores sociales y sectores de la
sociedad civil y, quedó comprendida entre las líneas de las directrices
establecidas incluso con posterioridad a la sanción de la normativa nacional
por organismos regionales de Derechos Humanos (el Instituto de Políticas
Públicas en Derechos Humanos del MERCOSUR y la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos). Es así que, Argentina resultó pionera en legislar y articular
políticas públicas en memoria a nivel nacional respecto de estas inscripciones
espaciales de memoria –por lo menos a nivel normativo–.
Ahora bien, el proceso de recuperación, refuncionalización e
institucionalización de los Sitios de Memoria en las diferentes ciudades, se
enmarca en un proceso más amplio de producción del espacio de las ciudades en
términos de Henri Lefebvre. Es por ello que se analizará el rol de las memorias
en las ciudades, cómo se manifiestan en el espacio, con qué dificultades se encuentran
y qué contradicciones presentan, partiendo del concepto lefebvriano de
producción del espacio. Estas aproximaciones permitirán establecer un nexo
certero entre las teorías del espacio y los estudios de la memoria.
Por otra parte, se indagará y reflexionará brevemente en el
proceso de recuperación de los ex CCD en el país. No se busca agotar esta
temática, ya que excedería ampliamente el objeto del artículo, sino más bien
sentar las bases para entender las disposiciones normativas y las políticas
públicas puestas en marcha y que tienen un papel fundamental en el proceso de
producción espacial en relación a los Sitios.
Finalmente, se analizará la normativa nacional que
institucionalizó como política pública las acciones que deben realizarse
respecto de los ex CCD y otros lugares donde sucedieron hechos emblemáticos del
accionar de la represión ilegal y cómo impacta en estos casos en su producción
del espacio. De esta manera, se intentará demostrar desde una perspectiva analítica
y a través de revisión bibliográfica, cómo la memoria se inserta en el espacio
concebido, percibido y vivido a través de los Sitios de Memoria en Argentina.
Memoria y producción del espacio
La relación entre memoria y espacio fue
advertida ya por Halbwachs (2004 [1968]) en su obra La mémoire
collective. Para el autor “la mayor parte
de los grupos dibujan de alguna manera su forma en el suelo y encuentran sus
recuerdos colectivos en un marco espacial definido de esta manera”
(Aladro y Escalante, 2021: 94). De esta manera,
el espacio, junto con el tiempo, son los marcos sociales de la memoria de cada comunidad y constituyen su
identidad colectiva.
La memoria puede visualizarse en los espacios físicos de la ciudad
que son transitados cotidianamente
por sus habitantes y que conforme lo teorizado por
Lefebvre son el espacio concebido, percibido y vivido. García González (2018)
sostiene y demuestra en su investigación que las manifestaciones espaciales del
conflicto de las memorias se presentan como
una expresión del conflicto inherente a la producción del espacio social.
Lefebvre (2013 [1974]) en su trabajo argumenta que bajo el
sistema de producción capitalista se produce un cambio en el que se pasa de la
producción en el espacio a la
producción del espacio. La producción
en la ciudad implica el uso y goce de la misma por sus habitantes, mientras que
la producción de la ciudad que sucede bajo la estructura capitalista, “es un
fenómeno por el cual la ciudad en sí misma, toda, es convertida en una
mercancía” (Slavin, 2020: 4), es decir que tiene valor de cambio.
El autor define al espacio no como una simple cosa o
producto sino como aquello que “envuelve a las cosas producidas y comprende sus
relaciones sociales en su coexistencia y simultaneidad” (Lefebvre, 2013 [1974]:
129). Asimismo, cada sociedad y, por lo tanto, cada modo de producción produce
su propio espacio –social– e incorpora los actos sociales, entendidos
como aquellas acciones de los sujetos tanto a nivel colectivo como individual
que funcionan como instrumento de análisis de la sociedad (Lefebvre, 2013
[1974]).
Ahora bien, Lefebvre (2013 [1974]) plantea una ‘trialéctica
de la producción del espacio’, priorizando un análisis unitario de este
(físico, mental y social) que supere la fragmentación como también la
preponderancia del espacio filosófico-matemático. Para ello, utiliza la
dialéctica como método principal, que tiene como fin lograr una visión en
conjunto del espacio y comprender la relación entre sus partes: lo percibido,
lo concebido y lo vivido.
El espacio percibido está conformado por las prácticas
espaciales y aquello que es captado a través de los sentidos. Consiste en el
actuar del ser humano, su movimiento, tránsito y creación. Lo constituye la
vida diaria, las rutas al trabajo o a otros lugares de interacción social, se
encuentra interrelacionado el espacio con el tiempo, es medible, descifrable,
descriptible, y “debe poseer cierta cohesión, sin que esto sea equivalente a
coherencia” (Lefebvre, 2013 [1974]: 97).
El espacio concebido está relacionado con la imaginación y
la proyección mental, Lefebvre lo denomina también como representaciones
espaciales que están vinculadas con la planificación y la proyección, por lo
que se dice que “es el espacio de los planificadores, urbanistas y tecnócratas”
(Lefebvre, 2013 [1974]: 97). También señala que es el espacio ‘dominante’ en
cualquier sociedad, está cargado de ideología e intencionalidad, siendo
atravesado por las relaciones de poder que en este se manifiestan y que
intentan que lo percibido y lo vivido queden racionalizados en el espacio
concebido que repite y reproduce las relaciones sociales de producción y
reproducción.
El espacio vivido o espacios de representación, contribuye a
crear una determinada forma de relacionarse y actuar en el espacio en base a
significados, símbolos y experiencias del grupo social. Es el espacio
experimentado directamente por sus habitantes a través de símbolos e imágenes,
el que supera “el espacio físico en tanto sus usuarios hacen un uso simbólico
de los objetos que lo componen” (Baringo Ezquerra, 2013: 124).
Al generarse, desde la vida cotidiana del grupo, sentidos,
significados y símbolos en el devenir del tiempo que interactúan y afectan su
experiencia, es que pueden considerarse como el lugar de la resistencia, con
potencialidad de hecho político revolucionario. Se trata del “espacio
‘dominado’, que se experimenta pasivamente, que se desea modificar y tomar”
(Lefebvre, 2013 [1974]: 98).
Durante el sistema de producción capitalista se intentará
llevar adelante un proceso de homogeneización del espacio –abstracto– para
ocultar las relaciones sociales y expulsar el conflicto del mismo. De esta
manera, se busca que el espacio percibido y el espacio vivido queden sometidos
a lo concebido y proyectado, generando la idea de que es posible la existencia
de un espacio político revestido de ‘neutralidad’ y, dando por resultado un
espacio en el que prima su valor de cambio y no de uso. Sin embargo, en el
espacio vivido surge la capacidad creadora y subversiva ante lo abstracto y
concebido.
Ahora bien, “los grupos tienden a fijar el pasado en el
espacio como forma de apropiación, uso y control haciendo que la memoria
aparezca como una relación espacio temporal”[4] (Till,
2004: 76). Al igual que la memoria, el espacio también está en constante
elaboración, en consecuencia sus inscripciones de memoria deben ser entendidas
como proceso de producción y no como simples marcas fijas. En ese sentido, se
trabaja con el espacio como relacional y se lo concibe como “el resultado de
luchas entre diferentes modos y tipos de influencias que irán cambiando también
a lo largo del tiempo” (Colombo, 2017a: 157).
En primer lugar, encontramos inserta la memoria en el
espacio concebido cuando se busca su homogeneización y que esta adquiera un
carácter oficial, por lo que se traslada la memoria a la concepción normativa
del espacio buscando una pacificación del mismo. Generalmente a través de la
puesta en marcha de políticas públicas de memoria, se logra en principio un
espacio sin conflicto, pacificado, donde la memoria política, institucional u
oficial es representada como discurso dominante entre muchos otros. Pero como
en todo proceso de producción del espacio conforme los planteos lefebrevianos,
la unificación pretendida no se completa y aparecen conflictos desde
contra-espacios que generan memorias contrahegemónicas.
Colombo (2017b) retoma a Massey y su concepto de “geometría
del poder” al estudiar con un enfoque espacial el fenómeno de la desaparición.
La autora abona el análisis aquí propuesto al sostener no solo la existencia de
una multiplicidad de actores sino también de diferentes relaciones de poder que
condicionan el modo en el que se produce socialmente el espacio. Así sostiene
que el espacio al ser plural y heterogéneo siempre está abierto y, justamente,
“la memoria es un elemento central para entender esa apertura” (Colombo, 2017b:
39).
Las políticas públicas de memoria son muchas veces el
resultado de las demandas sociales de señalización que surgen en el espacio
vivido y se trasladan al espacio concebido con su institucionalización. A pesar
de ello, no debe dejar de analizarse esas representaciones que buscan normativizar
lo que debe ser la memoria en el espacio como descargadas de todo componente
conflictivo ni olvidar que son el resultado de reclamos surgidos desde la
experiencia en el espacio vivido.
Sobre el proceso de recuperación de
los ex Centros Clandestinos de Detención (ex CCD) y sus debates
El espacio “actúa como marco social, anclaje material,
soporte y/o vehículo, constituyendo un elemento activo en la significación y
representación del pasado y la configuración de memorias” (Messina, 2019: 60).
En las últimas dos décadas, se ha producido un cambio de paradigma y la
inscripción de la memoria en el espacio no se agota en la simple
monumentalización –como había predominado una vez retornada la democracia–,
sino que se ha promovido la señalización y recuperación de lugares vinculados
directamente con la represión, tortura y exterminio, junto con otras formas de
marcación e intervención del espacio público, como son las prácticas
performativas (Schindel,
2009).
Las violaciones masivas
a los derechos humanos durante la última dictadura cívico-militar argentina fueron cometidas en la clandestinidad,
en “no-lugares” ante la inexistencia de reconocimiento oficial (Zarankin y
Niro, 2006), ante esto surgió la necesidad de hacer visible lo que había
ocurrido en los ex CCD, lo que dio lugar a largos “procesos de debate político y jurídico, social e
institucional, en los que intervinieron funcionarios, activistas de derechos
humanos, sobrevivientes y vecinos” (Guglielmucci y López, 2019: 37), con el fin
de señalizar a los ex CCD y refuncionalizar algunos de estos como
Espacios de memoria, promoción y defensa de los derechos humanos.
La recuperación de los antiguos centros clandestinos provino
de movimientos sociales que tenían un componente de ocupación y reapropiación
del espacio público en mitad de las ciudades con el fin de defender los
derechos humanos en relación a las violaciones del pasado, que también se
proyectaba en el presente y buscaba influir en el futuro.
Así fue el caso de Mansión Seré, inaugurada por iniciativa
municipal como Casa de la Memoria y la Vida el 01 de julio de 2000, “y dispuesto para sede de la
Dirección de Derechos Humanos como espacio dedicado a recuperar y ejercitar la
memoria sobre la historia reciente, y a promover el ejercicio y la
defensa de los derechos humanos” (Comisión por la Memoria, 2020a). Se suma la
experiencia del ex Club El Atlético que en 1996, con el impulso de organizaciones del barrio como
el caso de Encuentro por la Memoria, “se convirtió en uno de los primeros ex
centros clandestinos en ser señalizados por la sociedad civil” (Comisión por la
Memoria, 2020b), y en 2002 se iniciaron las obras arqueológicas que
permitieron corroborar el testimonio de las víctimas. Finalmente, la
recuperación del ex Olimpo y la ex ESMA, también fue el producto de las
demandas de organizaciones de derechos humanos y sociales, políticas,
sobrevivientes, familiares y vecinos, que lograron la desafectación de los
lugares de las actividades de la policía y las fuerzas armadas, en 2005 y 2004
respectivamente, y convertir los predios en espacios de la memoria que
referencian tanto el pasado, como también un presente respetuoso de los
derechos humanos
No se debe perder de vista que si bien los procesos de
marcación y memorialización han sido impulsados por actores de la sociedad
civil, la participación del Estado fue muy importante en los procesos de
desalojo y tenencia de los predios que han sido refuncionalizados como Espacios
de memoria. Finalmente, estos procesos culminaron con el Estado contemplando a
estas inscripciones como parte de una política pública más amplia que
garantizara su preservación y sostenibilidad en el tiempo, lo que fue
reconocido por la Ley Nacional n.o 26.691.
En Argentina, los procesos de recuperación,
refuncionalización o institucionalización de ex CCD no fueron homogéneos a
nivel nacional, solo algunos de estos lugares fueron señalizados y de ellos
solo otros pocos fueron recuperados, refuncionalizados o institucionalizados,
convirtiéndose en Espacios de Memoria. El término ‘recuperación’ es un
significante que está presente en los organismos de derechos humanos y su uso
refiere a la posición subjetiva desde la cual fue leído ese proceso por parte
de los actores sociales que impulsaron la creación de esos espacios (Messina,
2019). Ahora bien, el término ‘refuncionalización’ es una categoría utilizada
en los documentos oficiales para nombrar el cambio de destino dado a ciertos
predios o edificios e ‘institucionalización’ se utiliza para denominar la
inclusión de los sitios como objeto de políticas públicas de memoria
(Guglielmucci y López, 2019).
Para Guglielmucci (2013) los Espacios para la Memoria son
activados como patrimonio hostil en tanto la información que aporta a la
identidad de la comunidad incomoda, su impacto proviene de situaciones
controversiales acerca del pasado e interpelan directamente a quienes concurren
en su rol de ciudadanos. Los ex CCD remiten a sucesos históricos complejos y
reactualizan información no solo del contexto histórico en el que funcionaron
sino del propio presente. Desde una perspectiva espacial, pueden actuar como
puntapié inicial para generar cambios en la realidad a través de las acciones
que se promueven desde ellos y forman parte del proceso de producción del
espacio en las ciudades en términos de Lefebvre.
Una de las características principales de los sitios
testimoniales es que poseen una carga simbólica y emotiva muy movilizante no
solo para los sobrevivientes sino también para la ciudadanía en general. En un
primer momento, al ser transitados en su materialidad junto con los relatos y
la lectura de los testimonios que los acompañan, los hechos aberrantes que allí
se perpetraron generan malestar. Pero a su vez constituyen lugares de
transmisión intergeneracional, búsqueda de información, producción testimonial,
investigación interdisciplinaria (Guglielmucci y López, 2019), entre otras
acciones relacionadas con la construcción de memorias en el espacio producido.
Los ex CCD que fueron refuncionalizados como Espacios de
memoria luego de la demanda de actores de la sociedad civil y el movimiento de
Derechos Humanos y mediante su institucionalización por la Ley Nacional n.o
26.691, no solo se ocupan de dar cuenta de las violaciones a los derechos
humanos del pasado, sino también de las actuales (casos de violencia policial,
explotación, desapariciones en democracia, entre otras). Sin perjuicio de los
conflictos que surgen ante estas articulaciones, se logra que el pasado pueda
ser pensado como un modelo que permite comprender situaciones nuevas,
convirtiéndose en un modelo de acción para el presente (Guglielmucci y López,
2019; Messina, 2019).
Agregan Zarankin y Salerno (2012) –desde el campo de la
arqueología– que los Espacios de la memoria “se presentan como sitios adecuados
para replantear (e incluso reconstruir) las historias sobre la violación
sistemática a los derechos humanos” (p. 149). Abren así un espacio para el
duelo de los desaparecidos, en ellos se concentran los esfuerzos de los
sobrevivientes y familiares, a la vez que promueven el debate y la reflexión
pública.
De esta manera, en los lugares se pone en juego no solo una
dimensión conmemorativa, sino también un compromiso con la transmisión del
pasado que permite reflexionar sobre las problemáticas actuales. Ambas
dimensiones presentadas por los sitios –la dimensión afectiva o emocional del
recuerdo y la dimensión cognitiva o informativa– generan tensiones que giran en
torno a definir qué aspectos del pasado y cómo se deben transmitir desde los
sitios de memoria a la sociedad, especialmente a las generaciones siguientes
que no vivieron los hechos que allí se rememoran (Guglielmucci, 2013).
Al exceder la función conmemorativa y reparatoria dirigida a
las víctimas y surgir discusiones y debates en los cuales el pasado se pone en
relación con las condiciones del presente, los espacios se constituyen como
lugares desde los cuales comenzar a imaginar cambios para futuros más
incluyentes.
A lo anterior se le agrega que, un lugar no comporta una
relevancia a priori, sino que “debe ser activado gracias a acciones
intencionadas de incorporación de ellos a una determinada narrativa sobre el
pasado” (Fernández et al., 2018: 3).
Los grupos sociales son quienes, mediante sus propias prácticas, atribuyen
significados a los espacios, constituyen objetos y se producen a sí mismos como
sujetos de conocimiento.
Es así que, los sitios de memoria son lugares creados por
ciertas formas particulares de identificación y marcación, que conllevan un
proceso de organización, jerarquización y distinción del espacio,
privado-público, particular y común, memorable-no memorable, en el que se
inscribe la acción de calificación por medio de la cual el espacio es nombrado,
luego pueden surgir prácticas asociadas a borrar y/o desactivar esa marca
(descalificar), para finalmente dar paso a las prácticas que reinscriben la
marca pero con nuevos sentidos y objetivos (recalificar). Todas estas etapas
están atravesadas por debates, luchas y conflictos entre diferentes actores
sociales y gubernamentales que contribuyen a la construcción de estos sitios en
términos simbólicos (Fleury y Walter, 2011).
Estos debates involucran “análisis históricos, sentidos
jurídicos de la verdad sobre el pasado, controversias ético-políticas y
estéticas en torno a las formas de representar y transmitir, entre otras
cuestiones” (Messina, 2016: 112) en las que participan diversos actores sociales
y gubernamentales. Dolff-Bonekämper (2010) expone que en los sitios
testimoniales no hay un discurso neutro y tampoco lo es su no intervención,
sino que su didactización, dramatización y estetización no son deseables de
forma homogénea para los diversos actores sociales y tampoco son igualmente
eficaces para los diversos públicos que los visitan.
Es así que, en Argentina la recuperación de ex CCD y su
transformación en Sitios de memoria es el resultado de procesos que exceden lo
meramente conmemorativo y reparatorio, sino que desde estos se hace un trabajo
de memoria, es decir se rememora, “trascendiendo las fronteras topográficas del
lugar, lo que permite entenderlos como espacios para una acción política con
una capacidad de convocatoria de actores diversos” (Guglielmucci y López, 2019:
31).
Esto encuentra relación con el hecho de que los ex CCD
fueron recuperados por las acciones promovidas por el movimiento de Derechos
Humanos en la búsqueda por ocupar y reapropiarse del espacio público en mitad
de las ciudades luego de finalizada la dictadura y con el fin de defender los
derechos humanos que si bien encontraba su anclaje en hechos del pasado, se
proyectaba en el presente y buscaba influir en el futuro, enmarcándose así en
un proceso de producción del espacio vivido en términos de Lefebvre.
Normativa nacional sobre Sitios de
Memoria
En Argentina, siendo pioneros en la materia y en la búsqueda
de dar cumplimiento de las obligaciones del Estado en términos de justicia,
verdad y reparación mediante la implementación de políticas públicas, se dictó
en el año 2011 la Ley Nacional n.o 26.691. Esta ley declara, en su
artículo 1o, Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado a aquellos
“lugares que funcionaron como centros clandestinos de detención, tortura y
exterminio o donde sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión
ilegal desarrollada durante el terrorismo de Estado que imperó en el país hasta
el 10 de diciembre de 1983”. Para identificarlos considera “el informe
producido por la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas, los
testimonios vertidos en procesos judiciales y los registros obrantes en el
Archivo Nacional de la Memoria dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos
de la Nación” (Art. 3).
De esta manera, realiza una conceptualización del término Sitios que delimita tanto su ámbito material y temporal de
aplicación (Escalante, 2015a), comprendiendo solo determinados lugares:
aquellos que funcionaron como
centros clandestinos de detención, tortura y exterminio o donde se perpetraron
otras violaciones de los derechos humanos durante el terrorismo de estado y
hasta la fecha de asunción del presidente electo democráticamente, Raúl
Alfonsín.
La delimitación temporal implica una selectividad y sugiere
que las memorias que se construyen en los Sitios comprenden los acontecimientos
que van desde el día del golpe militar hasta el abandono del poder por parte de
las Fuerzas Armadas, por lo que excluye la referencia a los años previos y
posteriores a las dictaduras y propone un relato que se circunscribe a la
práctica del terrorismo de Estado.
De esta manera, expone con claridad da Silva Catela (2010)
que en los procesos de recuperación de los ex CCD se reconoce centralmente un
tipo de víctima, es decir quienes padecieron las violaciones a los derechos
humanos por agentes estatales, haciendo énfasis en los desaparecidos,
recuperando en menor medida las memorias de otras víctimas directas e
indirectas; estableciendo, así, un único uso del concepto de violación a los
derechos humanos, que refiere particularmente al “pasado reciente, más específicamente desde el 76-83” (Da
Silva Catela, 2010: 49). Finalmente, agrega la autora que se silencia o
margina otro tipo de memorias sobre el período, como pueden ser aquellas
referidas a la lucha armada, previa o durante la dictadura.
A los fines de conservar los Sitios como prueba para los
procesos judiciales y preservar la memoria, el artículo 2o reza: “El Poder Ejecutivo nacional
garantizará la preservación de todos los Sitios a los fines de facilitar las
investigaciones judiciales, como asimismo, para la preservación de la memoria
de lo acontecido durante el terrorismo de Estado en nuestro país”. Los órganos de gestión política junto
con los actores sociales, llegaron al acuerdo de que “toda obra arquitectónica
o actividad realizada no podía alterar físicamente cualquier sector del predio
y sus edificaciones, por constituir “prueba judicial” en el marco de la
investigación de los delitos cometidos en dichos lugares” (Guglielmucci, 2013:
288).
En relación a la preservación de los Sitios, el artículo 6o
enumera las obligaciones de la autoridad de aplicación de la norma que es la
Secretaría de Derechos Humanos de la Nación conforme lo establecido en el
artículo 4o y cuyas funciones se encuentran enunciadas en el
artículo 5o. En primer lugar, el inciso a) del artículo 6o
hace referencia a la señalización con la que deben contar los ex CCD, en tanto
se debe “disponer para cada Sitio una marca con una leyenda alusiva de repudio
de los hechos que allí sucedieron”.
La visibilización de los lugares y de la función que
cumplieron durante los años de la represión, promueve la reflexión crítica e
incentiva el fortalecimiento de una conciencia democrática respetuosa de los derechos
humanos. A su vez, es un modo de reparación para las víctimas y sus familiares,
reconociéndose explícitamente su valor testimonial e histórico (Escalante,
2015b).
La ley 26.691 ha
considerado a la Red Federal de Sitios,[5]
creada mediante la Resolución n.o 14/07 de la Secretaría de Derechos
Humanos de la Nación, como la encargada de instrumentar la política nacional de
señalización de los sitios de memoria.
Con este fin, la Red recibe las distintas solicitudes de señalización,
verifica los antecedentes que las sustentan y en su accionar como organismo
interjurisdiccional es que cuenta con la potestad de gestionar ante los
distintos poderes nacionales y provinciales, en especial las fuerzas armadas y
seguridad, las autorizaciones necesarias para instalar las señalizaciones:
carteles, placas o pilares de hormigón, conforme lo decidido como lo más
apropiado para su visibilización (Escalante, 2015b).
Jelin (2017) refiere que el acto de conmemoración central
que representa el Sitio ocurre durante su instalación, como parte de una acción
política centrada en los debates sobre el pasado y también en aquellas
cuestiones que aluden a demandas, marginalidades, discriminaciones y prejuicios
del presente.
Sin embargo, ante el riesgo de quedar olvidados y como meras
cotidianidades en el paisaje urbano, habiéndose agotado su fin conmemorativo en
la instalación de la marca en el espacio, surge la creación de Espacios de
Memoria. Es así que algunos
sitios de la memoria son desafectados de su uso original, generalmente militar
o policial, y son refuncionalizados como Espacios. Así, se amplían sus
objetivos a la promoción y defensa de los derechos humanos en la actualidad,
con una fuerte impronta pedagógica y participativa conforme lo establecido por
la Ley 26.691 en su artículo 6o inciso b.
El deber de memoria es frecuentemente trabajado desde la
misión pedagógica que asumen los espacios, “la mayoría de ellos cuenta con un
área de educación que se encarga de la realización de visitas guiadas, la
organización de talleres, actividades pedagógicas, capacitación docente y la
elaboración de materiales didácticos para trabajar en escuelas” (Messina, 2019:
66).
En los Espacios de Memoria también se investiga y
reconstruye la historia del funcionamiento represivo, la vida y militancia de
las víctimas, a través de fuentes tanto testimoniales como documentales. En
esta reconstrucción, algunos de los espacios cuentan con archivos que
sistematizan toda la información de alto valor probatorio para las causas
judiciales y la reconstrucción de los acontecimientos (artículo 6o
inc. c). Para ello se promueve “la participación de universidades nacionales u
otras instituciones educativas que cooperen en el estudio y la investigación
sistemática de los hechos históricos acontecidos durante el terrorismo de
Estado” (artículo 6o inc. d).
Ahora bien, en la mayoría de los casos se ha señalizado los
lugares y solo unos pocos han sido destinados a la creación de Espacios para la
memoria donde se realizan actividades de promoción de los derechos humanos y se
construyen memorias locales. Al rastrear cuáles de ellos han sido
refuncionalizados, se observa que este proceso se llevó adelante en aquellos en
los que determinados actores sociales y políticos demandaron públicamente al
Estado su recuperación, lo que ha influido en la constitución de órganos de
cogestión mixtos con participación gubernamental y no gubernamental, es decir,
conformados por funcionarios políticos, empleados públicos y activistas de
organizaciones no gubernamentales.
Del listado realizadopor
la Secretaría de Derechos Humanos (2015), surgen 762 lugares identificados como
centros clandestinos de detención y otros lugares de reclusión ilegal del
terrorismo de Estado, de estos se encontraban señalizados al momento del
informe citado 125 recintos.
La Ley n.o 26.691 fue reglamentada por el Decreto
n.o 1986/2014, mediante el cual se creó en el ámbito de la
Secretaria de Derechos Humanos, la Dirección Nacional de Sitios de Memoria,
cuya responsabilidad primaria consiste en identificar, señalizar, registrar,
preservar y/o gestionar los Sitios de Memoria.
En el Anexo I del Decreto, el artículo 1o
clasifica los Sitios de Memoria como aquellos:
reconvertidos y/o resignificados que
lleven adelante de modo permanente actividades educativas, culturales,
artísticas y/o de investigación, denominados Espacios de Memoria, como así
también todo otro Sitio que haya funcionado como centro clandestino de detención
o donde sucedieron hechos emblemáticos vinculados a la represión ilegal
desarrollada durante el terrorismo de Estado, ejercido en el país hasta el 10
de diciembre de 1983.
Conforme lo analizado, no cabe duda que la
institucionalización de los sitios de memoria mediante la política pública
receptada por la Ley n.o 26.691 se inserta en la búsqueda de
establecer representaciones espaciales, o lo que es lo mismo producir el
espacio en su dimensión de espacio concebido, despojándolo de toda
conflictividad e intentando su homogeneización como espacio dominante de la
sociedad, intentando que lo percibido y lo vivido queden racionalizados en el
espacio concebido. De esta manera, la normativa delimita el concepto de sitio
de memoria material y temporalmente, como así también establece quiénes
participan en su preservación, cómo y qué actividades pueden promoverse desde
los mismos. Es así que, la norma explicita
principalmente el fin regulatorio que tiene el derecho en términos de Santos
(2012), que permite prácticas sociales cada vez más contingentes y
convencionales, con un grado cada vez mayor de rigidez e inflexibilidad.
Ahora bien, la memoria se produce en la triple dimensión del
espacio, y a pesar de la existencia de esta política pública referida a los sitios,
lo cierto es que no tardan en aparecer debates sobre los “usos” de estos lugares. Es por ello que, tal
como afirma Messina (2020), los programas institucionales resultan de la
negociación entre los diferentes actores sociales y políticos, son indicadores
de la correlación de fuerzas y del estado del debate vigente sobre los sentidos
y los discursos acerca del pasado reciente.
Además, las
actividades que estos promueven no están solo relacionadas al pasado que
conmemoran, sino que se proyectan a la lucha por los derechos humanos en el
presente. En el acto de recordar se encuentran elementos para pensar un futuro
diferente que busca la posible emancipación del sujeto, en tanto las
violaciones de los derechos humanos del pasado actúan como ejemplo para repensar
situaciones actuales, mediante su comparación y asimilación, y promover un
porvenir más respetuoso que evite su repetición. Si bien, la regulación limita
el potencial emancipatorio del derecho, los Sitios de memoria le permiten
seguir funcionando en su concepción como “principio e instrumento universal del
cambio social políticamente legitimado” (Santos, 2012, p. 58).
Por todo ello, concluyo que la memoria se inserta sin dudas
en el espacio vivido o espacios de representación como lugares de resistencia,
ya que desde la vida cotidiana y el espacio percibido se generan nuevos
sentidos, significados y símbolos del grupo, que intentan en principio escapar
al control oficial y surgen desde el reclamo. Así, ha sido el caso de la
recuperación de los Espacios de memoria en un primer momento, previo a su
institucionalización, y que se mantiene en la actualidad en tanto continúan
presentando debates y reclamos por la defensa de los derechos humanos.
Conclusiones
Los grupos inscriben el pasado en el espacio que actúa como
soporte para recordar, por lo que al analizar las inscripciones de la memoria
resulta importante hacerlo desde la perspectiva espacial abordada en el
presente trabajo. El modo y la temporalidad de la producción de las memorias en
el espacio, permite indagar en el efecto que estas tienen en el conjunto social
y detectar el grado de consenso o conflicto que subyace a los relatos sobre el
pasado así como las tensiones que atraviesan en el presente.
Para ello, siguiendo la línea lefebvriana, la memoria se
produce en los tres niveles de la trialéctica de producción del espacio: el
espacio concebido, percibido y vivido. Por lo que el discurso que logra
instalarse junto con los Sitios de Memoria siempre tendrá un sentido político,
público y colectivo específico, pudiendo advertirse en este la dinámica de las
relaciones de poder que organiza el proceso de producción espacial de la
memoria. A su vez, si se retoma el binomio regulación-emancipación de
Boaventura de Sousa Santos puedo concluir que la Ley Nacional n.o
26.691 de Sitios de Memoria implicó la institucionalización y regulación
normativa de una de las formas de inscribir la memoria en el espacio. Sin
perjuicio de ello, en los Espacios de memoria en virtud de los debates y
desafíos que plantean, predomina su potencial emancipatorio, en tanto entre los
objetivos de la norma mencionada y en la cual se enmarca, como así también
mediante las iniciativas de participación ciudadana en estos sitios, se busca
garantizar los derechos humanos en un sentido amplio, con una gestión abierta a
los diferentes actores sociales, instituciones y la comunidad en sí. Es así que
el Sitio se produce en el espacio vivido (contra-espacios), lo que le permite
pensar y generar debates sobre el pasado, en el presente y con miras al futuro
en relación a los derechos humanos en general, y a la memoria en particular.
Este trabajo se suma a
los debates surgidos en
torno a la producción espacial de la memoria y los distintos tipos de
inscripción en el espacio, partiendo desde los sitios de memoria, pero sin
limitarse únicamente a estos casos. De esta manera, su aporte recae en la
posibilidad de poder estimular otros estudios relativos a las inscripciones de
la memoria en la ciudad sin olvidar el enfoque espacial que las atraviesa.
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[1] Abogada
por la Universidad Nacional de Mar del Plata (UNMdP). Ex-becaria de Doctorado
del Consejo Interuniversitario Nacional, Programa PERHID. Docente de la
asignatura de Derecho Político de la Facultad de Derecho e integrante del grupo
de Investigación Pensamiento Crítico del Centro de Investigación en Docencia y
Derechos Humanos (CIDDH) “Alicia Moreau” (Universidad Nacional de Mar del
Plata).
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-6535-6804
Correo electrónico: lucia_escalante@hotmail.com
[2] Pese al concepto de
memoria colectiva (Halbwachs, 2004 [1968]), en el presente trabajo se destaca la existencia plural de memorias, como procesos subjetivos,
objeto de disputas y luchas de poder, que pueden resignificarse.
[3] Se puede definir la justicia transicional como
“una respuesta a las violaciones sistemáticas o generalizadas de los derechos
humanos, que por ser tan numerosas y graves el sistema de justicia normal no
podría proporcionar una respuesta adecuada” (International Center for
Transitional Justice en <www.ictj.org >).
[4] La traducción es propia.
[5] La Red Federal de Sitios de Memoria es un organismo
interjurisdiccional que desde 2006 articula la gestión de políticas públicas de
memoria entre el Poder Ejecutivo Nacional y las áreas estatales de derechos
humanos de las provincias y municipios. Su coordinación general está a cargo de
la Dirección Nacional de Sitios de Memoria.